Proyecto de erradicación de la aporofobia en la Administración Pública

Por Pamela Quintana Salazar

La Constitución Nacional argentina plantea la necesidad de la existencia de leyes que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato. Así, como en todo Estado de Derecho, el gobierno argentino se convierte en el encargado de proteger y asegurar un el pleno goce de los derechos para todos sus habitantes, sin ningún tipo de discriminación. 

Para lograr cumplir con esta obligación, el gobierno necesita de la acción conjunta no solo de los tres poderes nacionales, sino también del accionar de los gobiernos provinciales y de sus respectivos poderes. Asumiendo la necesidad de avanzar en pos de asegurar la igualdad entre los habitantes argentinos, el gobierno trabaja e impulsa, desde sus respectivas jurisdicciones, iniciativas y proyectos para la consecución de dicho objetivo. 

En este sentido, en la legislatura de Entre Ríos, se busca lograr la aprobación de un proyecto de ley contra la aporofobia en la administración pública. Dicha iniciativa tiene por objetivo garantizar y proteger la igualdad real y el goce de derechos de los ciudadanos frente a la discriminación social que surge en el sistema público administrativo. 

La autora de la iniciativa: Paola Rubattino – diputada del Frente Justicialista Creer Entre Ríos y presidenta de la Comisión de Desarrollo Social- declaró que su finalidad es poder deconstruir práctica y discursos, para reparar y permitir alcanzar la igualdad; al mismo tiempo que intenta ser un paso cultural inicial hacia una nueva forma de pensar y convertirse en un cambio positivo. De esta manera, se busca combatir la problemática de la discriminación social e institucional en el gobierno. 

El concepto de “aporofobia” es relativamente nuevo en el ámbito académico, por lo que no se encuentra integrado en vocabulario de uso cotidiano, y surgen muchas dudas sobre su significado. Dicha palabra tiene origen en el griego ἄπορος áporos (pobre, sin recursos) y fobos (temor/pánico), y se define como “la fobia a los pobres”. Fue acuñada en los 90 por la filósofa española Adela Cortina, como un intento de enmarcar una problemática que afecta a todas las sociedades. Para ella, fue importante ponerle nombre a esta realidad, porque mientras fuera indecible, se terminarían distorsionando y confundiendo la verdad de las cosas (Cortina, A., 2000). Así, el tener una palabra ayuda a tomar postura frente a ella.

A su vez, para el Dr. Andrade, M (2008), la aporofobia es un sentimiento de rechazo a los pobres, que proviene de la situación en la que se encuentran. Esta le reclama a la sociedad una responsabilidad, que no quiere asumir, y la respuesta es una devolución hacia las víctimas de la culpa. Es un prejuicio resultante de una generalización apresurada, que alimenta sentimientos de miedo y la idea de que la presencia de los pobres es incómoda, – por lo que debe ser olvidada -. Esto termina derivando en una situación en la que se ve al pobre como un “ciudadano de segunda” y, de esta forma, se transforma en un problema que vulnera todos los derechos de las personas en situaciones carenciadas.

Al ser un país que cuenta con más del 42% de la población en situación de pobreza, Argentina no se encuentra exenta de esta problemática. Una encuesta nacional, realizada durante el año 2019, por la consultora Voices!, reveló que el 77% cree que las personas pobres son víctimas de discriminación debido a su condición socioeconómica. Además, según la misma, más de la mitad de la población (58%) cree que los jóvenes pobres son violentos, mientras que, un porcentaje similar cree que son pobres los que no trabajan lo suficiente para salir de la pobreza. Así, estos resultados aportan para la comprensión de este fenómeno y la presencia de los más comunes prejuicios sobre los cuales se forma la aporofobia y nacen las actitudes discriminatorias contra el sector con menos recursos de la sociedad.

En Entre Ríos, como también sucede en otras provincias, el porcentaje de la población que está expuesta a sufrir por este tipo de discriminaciones es alto. Si bien es necesario aclarar que no existe una correlación pobreza-discriminación, la realidad es que, en aquellas provincias con mayores porcentajes de pobreza, es más probable que surjan este tipo de episodios. Según la Encuesta Permanente de Hogares de INDEC del segundo semestre de 2020, el 42,9% de la población en Corrientes se encuentra en situación de pobreza. De esta manera, dicho porcentaje es alcanzado por esta problemática que repercute sobre su dignidad como personas y, consecuentemente, vulnera sus derechos. En este contexto y con la intención de avanzar en contra de la estigmatización de la pobreza, desde la Cámara de Diputados de Entre Ríos, se presentó el proyecto de erradicación de la aporofobia en la Administración Pública Provincial.

La aporofobia en la administración pública es una problemática que surge por la perspectiva que se le da al tratamiento de la pobreza y las justificaciones que se brinda sobre su existencia. En consecuencia, en base a ese pensamiento los pobres son percibidos como una amenaza. Esto, presente en aquellos que conforman la administración pública, puede derivar en una aporofobia institucionalizada, la cual penetra en el ámbito de lo instituido y de manera sutil e invisible, a través de sus prácticas sociales, reproduce la pobreza y el imaginario descalificador sobre las personas pobres (Expósito Marín, A.J, 2016). Por esto, es importante evitar que esta se de en el ámbito de la administración pública y establecer un marco legal que ayude a prevenir esta situaciones, y sancione la existencia de estas actitudes para evitar su propagación. 

Con este objetivo presente, el proyecto de ley presentado en la Legislatura de Entre Ríos busca lograr un cambio cultural, el cual permita una erradicación profunda de la problemática, incluso más allá de los miembros de la administración. Así, plantea cambios impulsados desde la educación y la conformación de la administración pública, junto con el fomento al surgimiento de políticas para superar la situación pobreza.

En base a esto, el proyecto plantea metas tales como la elaboración e implementación de acciones afirmativas en el ámbito escolar, tanto en establecimientos de educación públicos como privados, en torno a la temática de la pobreza y de la exclusión social. Mediante su inclusión en las currículas se busca fomentar ideas de solidaridad para con quienes menos tienen y de eliminar todo prejuicio en ese sentido, condenándose a las prácticas aporofóbicas.

A su vez, con el objetivo de promover la ampliación de oportunidades para estos sectores, establece la obligación de disponer de los sistemas de becas necesarios para favorecer a aquellas personas carentes de recursos, al igual que incorporar toda herramienta similar que permita, a través del estudio, ayudar a los proyectos de vida del alumno. Adicionalmente, en concordancia con dicho objetivo, establece la necesidad del ofrecimiento de actividades extracurriculares destinadas a la adquisición de oficios con salidas laborales rápidas, especialmente en los establecimientos de educación de adultos, y la elaboración de convenios con las Universidades Públicas, para buscar asegurar el acceso a la educación de extensión universitaria.

Por otra parte, con la intención de evitar la incorporación de miembros con actitudes aporofóbicas a la administración pública provincial, el proyecto también busca reformar la Ley 9.996 sobre el Consejo de la Magistratura, así como la metodología de las designaciones de funcionarios que requieran acuerdo legislativo. Por un lado, con la modificación de la ley, busca establecer un cambio de la forma de evaluación de la entrevista personal pública que se realiza a los concursantes. El objetivo de esto es que se tome en cuenta los puntos de vista de los postulantes no solo sobre temas básicos de la interpretación de la Constitución nacional y provincial en materia de acciones y procedimientos constitucionales, sino también la posición respecto a temas como la equidad de género, la inclusión de sectores vulnerables, los derechos de las minorías y la lucha contra la discriminación. Por otra parte, sobre la modificación en las designaciones de funcionarios plantea como necesario que, antes de su contratación, sean interrogados respecto a su visión sobre la inclusión de sectores vulnerables, derechos de las minorías y la lucha contra la discriminación. Así, ambas medidas, intentan ser una herramienta que funcione como filtro, permitiendo conocer a los postulantes a cargos públicos y previniendo la contratación de sujetos con actitudes prejuiciosas o discriminatorias.

En adhesión, como forma de control de quienes ya sean parte de la administración pública, el proyecto prevé sanciones para aquellos que tengan actitudes aporofóbicas. De esta forma, se establece que, para los casos de actitudes despectivas, negativas, de maltrato y/o de discriminación por parte de funcionarios y empleados de la administración pública por la situación de pobreza de una persona, se impondrán sanciones que irán desde multas junto con la emisión de disculpas públicas, hasta la suspensión y cesantía en su empleo o cargo, conforme la reiteración, gravedad o carácter humillante de la manifestación o actitud.

Sin embargo, la eliminación de la problemática no puede pasar exclusivamente por mejorar las políticas dirigidas a detectar, proteger y acompañar a las víctimas de los delitos de odio y a penalizar a sus agresores. Los cambios deben de ir mucho más allá, tienen que orientarse a modificar las causas de la pobreza, a prevenirlas, y a combatir la difusión interesada de los diversos mitos sobre las personas pobres (Mendicuti et al. 2019). Siguiendo esta idea, y como sumatoria a las medidas anteriormente explicitadas, el proyecto de la provincia de Entre Ríos no solo busca eliminar la discriminación en contra de las personas pobres, sino que busca la creación de una mesa permanente con el objetivo de que planifique y sea de ayuda para la elaboración de proyectos en pos de la superación de la pobreza. 

Entendiendo la profundidad de la problemática, en los fundamentos del proyecto, se reconoce que la superación de la discriminación contra los sectores carenciados de la sociedad no se generará únicamente con la implementación de la ley. Para dicho objetivo, el proyecto fundamenta la necesidad de la acción conjunta de la sociedad y el rechazo de estos actos discriminatorios. Sostiene la gran importancia que tiene que, como sociedad civilizada y respetuosa de derechos, no se permita la estigmatización de quien sufre los resultados de la desigualdad, y mucho menos se tolere que se de en el ámbito de la Administración Pública. Se afirma que para dar este paso cultural hacia una nueva forma de pensar y lograr el cambio positivo tan necesario, se debe eliminar el mayor de los odios: el aporofóbico.

Teniendo todo lo anteriormente explicitado, se puede sostener que el objetivo del proyecto de ley presentado en la provincia de Entre Ríos sigue el espíritu de lo planteado en la Constitución Nacional como obligación del gobierno. La misma establece que todas las personas somos iguales ante la ley, y en consecuencia, la no discriminación, junto con el igual acceso a la protección de por ley, se constituyen como principios básicos y generales que el Estado (provincial o nacional) debe hacer respetar. En este contexto, de ser aprobada la iniciativa podría convertirse en una herramienta que ayude a cumplir con el deber de gobierno como protector de la dignidad de sus ciudadanos.

Adicionalmente, el establecimiento de una ley contra la aporofobia, la cual reconozca la existencia de la problemática, permitiría visibilizar la vulneración diaria de los derechos de los sectores más marginados de la sociedad. La implementación de iniciativas de esta índole permite diseñar políticas concretas para mitigar una problemática histórica, pero comúnmente naturalizada en el país. De esta forma, el proyecto se presenta como punto de partida para la lucha contra la misma en Entre Ríos, mientras que, al mismo tiempo, sienta las bases para enfrentar una problemática que interpela a toda la sociedad argentina.

Bibliografía

Andrade, M. (2008). ¿Qué es la “aporofobia”? Un análisis conceptual sobre prejuicios, estereotipos y discriminación hacia los pobres”, Agenda Social. v.2 , n.3, p.117-139, ISSN 1981-9862

Cortina, A. (2000). Aporofobia, en El País, 07 de Marzo de 2000, p. 16.  Recuperado de https://elpais.com/diario/2000/03/07/opinion/952383603_850215.html 

Expósito Marín, A.J. (2016). “Una aproximación a la aporofobia institucionalizada”. Disponible en: E. Díaz Cano y R. L. Barbeito Iglesias (coord.) XIV Premio de Ensayo Breve “Fermín Caballero”. Toledo: ACMS, pp. 36-50

Oliva, L. (2020). “Son unos negros”, “son todos vagos”: qué hay detrás de los insultos a la pobreza. Voices! Research and Consultancy, La Nación. Disponible en https://www.voicesconsultancy.com/Prensa/Son-unos-negros-son-todos-vagos-que-hay-detras-de-los-insultos-a-la-pobreza

Mendicuti, E. S., Rodríguez-Berrio, A., Zubillaga, A. F., & Marañón, U. B. N (2019). Aporofobia: nuevos conceptos para viejas realidades, VIII informe Fundación Foessa, documento de trabajo 5.2, Universidad de Deusto. Disponible en https://www.foessa.es/main-files/uploads/sites/16/2019/05/5.2.pdf

INDEC (2020). Informe de prensa: Encuesta Permanente de Hogares 2020 Segundo semestre. Disponible en https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/eph_pobreza_02_2082FA92E916.pdf

Rubattino, Verónica Paola (05 abril, 2021). Proyecto de ley 24.824. Erradicación de la Aporofobia en la Administración Pública Provincial, Recuperado de https://www.hcder.gov.ar/archivosDownload/textos/E24824-05042021-o.pdf