Argentina: ¿un país inclusivo?

La búsqueda de incluir a los sectores marginados de la sociedad parece ser una de las principales temáticas sobre las que versan las políticas actuales. No obstante, hay un sector de la sociedad también pendiente y necesitado de un rol del Estado para tener una inserción más completa: las personas con discapacidad. El concepto de discapacidad hace referencia a:

Toda limitación en la actividad y restricción en la participación, originada en la interacción entre la persona con una condición de salud y los factores contextuales (entorno físico, humano, actitudinal y sociopolítico), para desenvolverse en su vida cotidiana, dentro de su entorno físico y social, según su sexo y edad. (Instituto Nacional de Estadística y Censos – INDEC., 2018:27) 

Según el último informe del INDEC en 2018 en la Argentina el 10.2% de la población total mayor a 6 años tiene una dificultad. ¿Pero la población con dificultad no está ya integrada en la sociedad? Pareciera que ya no representan el primer objetivo en cuanto a las políticas de inclusión. Demostración de lo mencionado es que, en la Cámara de Diputados de la Nación, desde inicios de 2019 hasta agosto del presente año, se aprobaron solo dos proyectos de ley dirigido a las personas con discapacidad. Esto lleva a la pregunta, ¿la ausencia de proyectos aceptados se debe a la ya completa inclusión o al olvido de las personas con discapacidad? A esta incógnita se buscará responder en el siguiente artículo, haciendo referencia a los ejes: educación, accesibilidad, ayuda social e inserción laboral. Por último, este apartado reflexiona sobre el diseño del plan ACCESAR y sus posibles resultados. 

Educación

En 2019, según el INDEC, aproximadamente el 5,8% de la población mayor de 10 años con una dificultad es analfabeta, y las personas con dificultad mental-cognitiva representan el 23,8% de este grupo (INDEC, 2018:102). Ante esta situación se ha buscado crear un régimen de educación especial mediante las “escuelas especiales”, que tienen como objetivo brindar una educación con mayor flexibilidad para las personas que presentan dificultades en el proceso de aprendizaje. Aun así, hay un 29% de la población con dificultad la cual no cursa o no cursó en establecimientos educativos por alguno de los siguientes motivos: el 2,9% por problemas de accesibilidad en la vía pública, en el transporte o en los edificios, el 5,5% no consiguió vacante o la escuela no contaba con docentes especializados, el 9,3% no accedió a la escuela a causa de la discapacidad o no tiene suficientes recursos económicos. El 39% de la población en esta situación considera que ya terminó sus estudios o que no quiere estudiar más, mientras el 31,9% restante alude a otros motivos. (INDEC, 2018:127). Sería correcto decir que casi uno de cada tres personas con una discapacidad no fue ni va al colegio por limitaciones relacionadas por su situación. 

Gráfico 1: Población con dificultad de 6 a 29 años que no cursa o cursó nunca en un establecimiento educativo

Fuente: Elaboración propia con información del INDEC del “Estudio Nacional sobre el Perfil de las Personas con Discapacidad 2018”

Uno de los principales problemas en esta área es la falta de regulación en la implementación de las normativas vigentes por parte del Estado, ya que, por ejemplo, es contra la ley no permitir ingresar a una persona por su discapacidad. Además, según lo legislado debería ser el Estado el que provea una educación acorde a las necesidades de las personas o brindando una formación a los docentes de escuelas de gestión privada o pública para poder incluir al alumno con dificultad sin necesidad de incurrir en costos extraordinarios.  (Argentina Gob., 2016).

Accesibilidad y discapacidad

Construir un hábitat inclusivo en cuestiones de infraestructura debería ser el marco orientador de las políticas que buscan reformas en los espacios que habitamos y transitamos como ciudadanos. Son múltiples las posibilidades de mayor inclusión urbanística, desde lo más simple, como las rampas en las esquinas y entradas de edificios y semáforos para personas no videntes, hasta soluciones de mayor complejidad, como las medidas en metros cuadrados reglamentadas de los edificios y viviendas, volviéndose accesibles a toda persona con movilidad reducida. 

En las nuevas reformas al Código de Edificación que ocurre actualmente en la Ciudad de Buenos Aires buscan incrementar la capacidad constructiva y lucrativa elevando el valor del mt2 construido (Buenos Aires Ciudad, 2018). Se deja por fuera a muchas familias a las cuales se les hace dificultoso convivir en estas condiciones, teniendo que mudarse de la ciudad o aceptando estas permanentes condiciones de incomodidad. Mientras las medidas reguladas para un monoambiente en la ciudad de Buenos Aires exigían 27mt2, ahora exige 21,5mt2. Establece un baño mínimo de 2,5m2, sin espacio suficiente o margen de maniobra para silla de ruedas o scooter. Los baños para ser accesibles necesitan de, al menos, 4m2. También se incorpora un cambiador para adultos en los sanitarios en lugares de concurrencia masiva, de más de 2.000mt2, no se incluye en escuelas/ universidades y edificios de trabajo, espacios en los que se vuelve indispensable su accesibilidad ya que son lugares de larga permanencia fuera del hogar. Organizaciones que trabajan en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, fueron consideradas de interés, y apelaron a los diputados en busca de su voto negativo al nuevo código, pero terminó por aprobarse en primera instancia en la legislatura porteña el 10 de diciembre del 2020. (Fundación Rumbos, 2021).

Es importante comprender que no se trata únicamente de una cuestión de incomodidad, sino de derechos fundamentales que hacen al buen vivir de todo ciudadano. Si consideramos la definición de discapacidad que mencionamos al inicio y en la cual nos respaldamos a lo largo del artículo, en las reformas del Código de Edificación la Legislatura Porteña refuerza las condiciones materiales y sociales que dificultan la vida de las personas con discapacidad. 

Ayuda social

Las pensiones no contributivas de las que pueden gozar personas en situación de discapacidad están en manos del ANSES.  Dichas pensiones corresponden, y citando a la web oficial, a aquellas personas que acrediten una disminución de 76% o más de la capacidad laboral y que se encuentran en situación de vulnerabilidad social. A su vez, los requisitos a cumplir para acceder a dicha pensión son múltiples, por lo cual hay un porcentaje de mencionada minoría que queda exenta de este beneficio.

Uno de los requisitos para acceder a la pensión es no poseer empleo en relación de dependencia, ni trabajar independientemente como monotributista o autónomo. De esta forma deben elegir si acceder a un trabajo o a la pensión. Debemos mencionar que la pensión por discapacidad ronda los $18.000, no alcanza a toda la población discapacitada y que aun así cuando la alcanza, no es suficiente para su subsistencia. Queda por ver qué otras fuentes de ingreso les servirán de sustento básico, teniendo en cuenta que en la última valoración realizada por el INDEC en Julio 2021 la Canasta Básica Total era de $21.869. Todo lo explicitado deja sin mencionar los gastos adicionales a los que los expone una sociedad excluyente, como los extras en transporte, en elementos y terapias de rehabilitación, en medicación que las obras sociales demoran en dar respaldo, entre otros. (Instituto Nacional de Estadística y Censos, 2021)

Inserción Laboral

Los problemas que se encuentran en el mercado laboral continúan siendo un gran impedimento para personas con dificultades.  La tasa de desocupación para las personas con dificultad es de 10.3%, expresando su nivel más alto entre los catorce y veintinueve años, con una tasa de desocupación de 16.5%. 

En un intento por revertir esta situación, el Estado Nacional aprobó en 2017 un cupo laboral mínimo para personas con discapacidad involucrando a las tres ramas del Estado. Así mismo, esta medida fue aplicada por las provincias y municipios, estableciendo como norma un mínimo de 2% en 2019 para poder alcanzar en un futuro cercano al 4% deseado. A nivel nacional, en los datos del segundo semestre de 2019 las personas con discapacidad representan 0.90% de los empleados totales (Secretaria de gestión de empleo público, 2019). Esta información que era publicada de manera semestral fue suspendida en el 2020 a causa de la pandemia COVID-19 y continúa de esta manera en lo que ha pasado del presente año.

De la misma manera, la Ciudad de Buenos Aires en 2004 promulgó un cupo de 5% para personas con dificultades de los empleados totales, pero en 2019 la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires, dio a conocer que las personas con discapacidad apenas alcanzaban un 0.86% del total de los empleados del poder ejecutivo. 

En algunas situaciones, el cupo responde a una visión de la discapacidad como de una enfermedad y simplemente se brinda el trabajo como busca de equiparar la situación de desventaja pero lo que distintos municipios de la provincia de Buenos Aires, como Vicente López buscan poder buscar los intereses de la persona con discapacidad, sus gustos y motivación y al mismo tiempo las necesidades del Estado, en este caso el municipio, para poder garantizar una inclusión eficaz y no simplemente un sueldo para la personas con dificultades. 

Plan ACCESAR

El Plan Integral para la Promoción y Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad (Plan ACCESAR) fue publicado en agosto de 2021. Este tiene como objetivo la coordinación entre el gobierno nacional y las autoridades municipales para el diseño de presupuestos adaptados a la realidad de los municipios para la inclusión real de las personas con discapacidad a la sociedad. 

De la misma manera busca garantizar los derechos reconocidos en la “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad” (H. Cámara de Diputados de la Nación, 2008). Sin embargo, múltiples organizaciones, como Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) y el Observatorio de Discapacidad, consideran que, ante la ausencia de consultas y trabajos coordinados con el Estado Nacional, hay una contradicción entre lo que dice defender y lo que hace. Alegando el incumplimiento del artículo 4 inc.3 de la convención en donde reconoce la importancia de que en el diseño de las políticas de inclusión sean consultadas las propias personas con discapacidad mediante sus organizaciones. Es por esto que cabe preguntarse ¿Este plan pondrá a los discapacitados como centro de las políticas y conseguirá resultados reales o será otra pieza de legislación que se acumula en búsqueda de ventaja en las elecciones de noviembre?  

¿Argentina inclusiva?

Como consecuencia del diagnóstico de la situación de las personas con discapacidad, se puede concluir que la inclusión no es todavía una realidad en Argentina. Esto se evidencia en distintos aspectos, siendo algunos de ellos el incumplimiento de la normativa relacionada, así como también los obstáculos que imposibilitan a las personas recibir educación de calidad, acceder a un trabajo y poseer condiciones de vida dignas. Por esta razón, la falta de un código de edificación que responda a las necesidades de los individuos que tienen alguna dificultad continúa perpetuando la desigualdad existente. En este contexto, si bien es posible identificar distintas causas que provocan esta situación, la la falta de consultas y diálogo con las organizaciones representantes de los grupos afectados para el diseño de las políticas públicas es una de las principales. En esta línea, más allá de programas específicos como el Plan ACCESAR, aún queda mucho trabajo por realizar y medidas por implementar. 

Referencias Bibliográficas 

Argentina Gob. (2016). Educación de estudiantes con discapacidad. Consejo Federal de Educación. Disponible en 

.https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/educacion-estudiantes-con-discapacidad?__cf_chl_jschl_tk__=pmd_Xch0zP5GF2jIlYcKK223OqsAzV5vq5DlMCU36yB_U00-1630073668-0-gqNtZGzNAiWjcnBszQkl

Buenos Aires Ciudad. (2018, diciembre 27). Nuevo Código Urbanístico. Buenos Aires Ciudad. Disponible en  https://www.buenosaires.gob.ar/planeamiento/noticias/la-ciudad-tiene-un-nuevo-codigo-urbanistico

Fundación Rumbos. (2021, julio 8). LEGISLATURA PORTEÑA NOS DECLARA DE INTERÉS, PERO IGNORA NUESTROS CUESTIONAMIENTOS A MODIFICACIONES AL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN. Rumbos impulsando accesibilidad. Disponible en http://www.rumbos.org.ar/DECLARACION-Y-CE

H. Cámara de Diputados de la Nación. (2008, 05 21). Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Información legislativa. Disponible en http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/141317/norma.htm

Instituto Nacional de Estadística y Censos. (2021). Valorización mensual de la canasta básica alimentaria y de la canasta básica total. Condiciones de vida. Disponible en https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/canasta_08_21FB24169A80.pdf

Instituto Nacional de Estadística y Censos – I.N.D.E.C. (2018). Estudio Nacional sobre el Perfil de las Personas con Discapacidad : resultados definitivos 2018. (1a ed. ed.). Disponible en https://www.indec.gob.ar/ftp/cuadros/poblacion/estudio_discapacidad_12_18.pdf

Poder Legislativo Nacional. (2006, agosto 28). Ley de la Nación Nº 26.130. Legislación en Salud Nacional. Disponible en https://e-legis-ar.msal.gov.ar/htdocs/legisalud/migration/html/6627.html

Secretaria de gestión de empleo público. (2019, 12 31). Segundo semestre de 2019. Sistema de información para el control del registro y actualización de los cargos y contratos desempeñados por personas con certificado único de discapacidad CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD. Disponible en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/discapacitados_2do_semestre_2019.pdf